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LA INDISCUTIBLE INEQUIDAD Y LA FALTA DE CONTROLES PARA APLICAR UNA RESOLUCION DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA Y PLANEAMIENTO del GCBA

Raúl E.Guinzburg *
El l4 de diciembre del 2005 por Resolución Nº 1688-SIyP, publicado en el Boletín Oficial Nº 2343, se dispone que a raíz de un pedido de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y a los efectos de facilitar la actividad comercial durante las festividades de Navidad, Año Nuevo y Reyes, se autoriza el estacionamiento general de vehículos junto al cordón de ambas aceras desde el lunes 19 de diciembre hasta el viernes 6 de enero del 2006, con excepción de algunas avenidas claves, debiéndose observar las previsiones contempladas en los artículos 10 y 12 de la Ley Nº 634 de estacionamiento de la Ciudad de Buenos Aires.- Los mismos establecen la forma de ubicar los automotores y la prohibición de estacionar con carácter general en diversos sitios muy bien especificados (léase: en las esquinas, sobre sendas peatonales, a no menos de 10 mts. de los sitios de detención de transporte público de pasajeros,. Entradas de cocheras, garajes, frente a vados o rampas para personas con necesidades especiales, etc. etc.).-
La falta de controles se manifiestan explicitamente si observamos por ejemplo en el barrio de Flores, zona comercial de venta de ropa –calles Avellaneda, Aranguren y todas sus aledañas- en que a la cotidianeidad de la infracción permanente de los códigos de tránsito y estacionamiento, ante la evidente pasividad y desidia de quienes deben corregir y sancionar las anomalías, agregamos y sumamos más caos.- Y la inequidad se manifiesta en que si el Gobierno de la Ciudad accede a un grupo de intereses empresarios, que no es criticable, también debería contemplar las necesidades de las personas con movilidad reducida y las personas con discapacidad que no pueden acceder al transporte público de pasajeros por cuanto éstos se encuentran impedidos a acercarse a las aceras por los obstáculos con que tropiezan.- A este respecto vuelvo a insistir en la campaña de modificación de la Ley Nº 634 en el sentido de estacionar sólo en la mano izquierda en las arterias donde transitan medios de transporte colectivo y que pese al traslado de esta inquietud a legisladores porteños y Defensoría del Pueblo de la Ciudad,no ha tenido la más mínima consideración.-
* Miembro de la Comisión de Discapacidad-Consejo Consultivo Honorario-C.G.P.Nº 7